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 Inicio >> Información general >> Colegios oficiales de Lugo >> COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES

COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES

DIRECCION

Pza. de Alicante, 13 Entl. - 27004
Lugo - LUGO
Teléfono: 982 211 503
Fax: 982 812 502

HORARIO

Lunes a Viernes: 16.00 a 20.00 horas

DESCRIPCION

El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Luego es una corporación de derecho público reconocido por la Constitución y amparado por el ordenamiento jurídico, con personalidad jurídica propia y plenas capacidades para el cumplimiento de sus fines con funcionamiento y estructura interna democrática.

El Colegio esta integrado por las personas que tienen título de graduados sociales, graduados sociales diplomados, diplomados en relaciones laborales y todos los que reunan los requisitos exigidos por estos estatutos y por las normas que les sean aplicables.

El ámbito territorial del colegio corresponde a la provincia de Lugo.

El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Lugo representa hoy un apoyo imprescindible en todas las actuaciones que se realizan en el mundo del Trabajo y de la Seguridad Social, estudiando, asesorando, representando y gestionando todos aquellos asuntos laborales y de Seguridad Social que le sean encomendados por:

- Particulares,

- Administración y empresas.

Junta de Gobierno:

Presidente                           Ilmo.Sr.D. Manuel Nuñez Carreira           
Secretario     Sr.D. Angel Regueira Racamonde
Vocal Ejerciente     Sra.Dña. Antonia Rego Fernandez
Tesorero     Sr.D. Dario Montenegro Ojea
Vicepresidente 1º     Sr.D. Fernando Somoza Puelles
Vocal Ejerciente     Sr.D. Jose Antonio Gonzalez Garcia
Vocal Ejerciente     Sr.D. Jose Luis Piñon Calvo
Vocal Ejerciente     Sra.Dña. Mª Carmen Pardo Santiso
Vicepresidente 2º     Sr.D. Pedro Fernandez Rey
Vocal No Ejerciente     Sr.D. Antonio Curras Onega
Vocal No Ejerciente     Sr.D. Xosé Chorén Vázquez
Vocal No Ejerciente     Sr.D. Luis Nieto Lopez

COLEGIADOS

Para el Colegio de Graduados Sociales existen cuatro clases de colegiados:


- Ejecutante de la profesión con carácter libre.

- Ejecutante de la profesión al servicio de una empresa mediante la relación laboral con ella, siempre que tal contratación sea precisamente en su calidad de graduado social y no incluya asesor amante a terceros, con la excepción de lo establecido en el artículo 3 de la ley 11/2001.

- No ejecutante.

- Emérito.

Para incorporarse al Colegio de Graduados Sociales requiere el complimiento de los siguientes requisitos:


- Tener nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.

- Ser extranjero legalmente residente en España.

- Estar en posesión del título de graduado social, graduado social diplomado o diplomado en relaciones laborales.

- Ser mayor de edad.

- Satisfacer la cuota de ingreso y las demás contribuciones establecidas por el colegio de acuerdo a la Asamblea General.

- Para los que quieren realizar el ejercicio libre de la profesión: acreditación de alta en licencia fiscal e impuesto de actividades económicas.

Perdida de la condición de Colegiado:

- Por defunción o declaración de fallecimiento.

- Por baja voluntaria, mediante comunicación dirigida al presidente del colegio.

- Por reiterado incumplimiento de la obligación de satisfacer las cuotas ordinarias y extraordinarias que le fuesen acordadas, así como las demás cargas colegiales a las que estuviese obligado.

- Por condena firme que lleve consigo la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de profesión de graduado social.

- Por sanción firme de expulsión del colegio, acordada en expediente disciplinario.

FUNCIONES
 
INFORMAR continuamente a través de conferencias, seminarios y avances informativos, después de la promulgación de cualquier disposición. Es importante facilitar la asistencia de los colegiados y, por esta razón, prácticamente todos los cursos y conferencias tienen carácter gratuito.
 
FORMACIÓN es el capítulo más importante, pues aplica bien las normas quien mejor las conoce.

- Graduados Sociales

Principales funciones:
 
* Ejerciente Libre.
 
a) Intervenir profesionalmente, estudiando y emitiendo dictámenes e informes en cuantas cuestiones sociales y laborales les sean sometidos

b) Asesorar, representar, formalizar documentos y gestionar en nombre de organismos, entidades, empresas y particulares, en materia social, laboral, de Seguridad Social, empleo y migraciones

c) Realizar, cuando fueran nombrados colaboradores del Ministerio de Trabajo u otros organismos, en la forma regulada por el artículo 6º del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, funciones relativas a las técnicas de investigación social, cooperando en las encuestas, estudios y dictámenes que pudieran encomendárseles

d) Desempeñar en Organismos Oficiales, Entidades y Empresas, las funciones o cargos de carácter técnico social o laboral, tales como organización, control, asesoramiento o mando, en orden a la admisión, clasificación, acoplamiento, instrucción y retribución del personal; regímenes de trabajo, descanso, seguridad, economatos y comedores, indumentaria, previsión social, esparcimiento del personal, y en general sobre la aplicación de la legislación social, sirviendo así, bien a la eficacia de las obras y actividades encaminadas a fortalecer las relaciones de la convivencia de cuantos participan en la empresa y de aquellas obras destinadas a mejorar los métodos de trabajo y las condiciones de vida del trabajador y su familia

e) Verificar, sin menoscabo de las facultades inspectoras e interventoras de la administración, mediante certificación o visado, los padrones, declaraciones, liquidaciones y demás documentos que hayan de formalizar las empresas y los trabajadores a efectos de lo establecido en la legislación laboral y de Seguridad Social

f) Comparecer en nombre de las empresas, de los trabajadores y de los particulares ante los organismos de conciliación, así como representarles ante los Juzgados de lo Social

g) Ejercer función docente en las Escuelas Sociales y en otros centros oficiales y particulares, así como en empresas y sus centros de trabajo y enseñanza profesional, de disciplinas sociales y laborales

h) También competerá a los Graduados Sociales las funciones técnicas en orden al estudio y formación de presupuestos familiares, niveles de empleo, análisis de los movimientos migratorios, niveles de ingresos personales y familiares, informes de convenios y conflictos colectivos, así como cualquier otra intervención relacionada con los fenómenos sociológicos y de significación laboral

i) Intervenir, cuando sea requerido para ello, como asesor laboral en los convenios colectivos, así como en las comisiones paritarias establecidas en los mismos

j) Actuar como perito en materia social y laboral ante los Tribunales de Justicia

k)Ejercer la habilitación de las empresas, trabajadores, sus familiares o derecho habientes en orden a la percepción de toda clase de beneficios económicos
otorgados por la legislación socio laboral, Seguridad Social, empleo y migraciones

l)Aceptar la designación de oficio para todos aquellos cometidos que le son atribuidos al Graduado Social por el presente reglamento. Dicha designación la realizará el respectivo Colegio por riguroso turno, establecido por la Junta de Gobierno

ll) Cualesquiera otras funciones técnicas propias o exclusivas de su título análogas a las comprendidas en éste artículo, así como las que les asignen las disposiciones legales vigentes o futuras
 
* Ejerciente de Empresa.
 
El Graduado Social en la realización de la actividad laboral específica en el ámbito de las funciones que le son propias, y que configuran la profesión, prestando sus servicios en las Empresas, aportando a las mismas, merced a su adecuada formación técnica en cuestiones laborales y sociales, están afectados por la misma normativa que los ejercientes libres
 
* No Ejercientes.
 
Los Graduados Sociales colegiados en la modalidad no ejerciente, no pueden realizar estatutariamente y bajo concepto alguno, ninguna función propia de la profesión ya enunciadas, y a ningún nivel ni en estamento, entidad, empresa u organismo público o privado, salvo que reglamentariamente y previa solicitud por única vez, sea debidamente autorizado por la Junta de Gobierno del Colegio respectivo, incurriendo en caso contrario en una falta muy grave por clandestinidad

COLEGIACION

- REQUISITOS DE INCORPORACIÓN

DOCUMENTACIÓN GENERAL

1.- Solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Presidente del Colegio, en el impreso facilitado por la Secretaría del mismo.
2.- Fotocopia del Título de Graduado Social, Diplomado en Relaciones Laborales o Certificado de la Escuela Universitaria de Diplomados en Relaciones Laborales, acreditativo de haber efectuado el depósito para la obtención de alguno de los mismos.
3.- Certificado de Nacimiento.
4.- Certificado de Residencia.
5.- Tres fotografías tipo D.N.I.
6.- Nº de Cuenta Bancaria

NOTA 1ª: adjuntar también fotocopia D.N.I.

NO EJERCIENTES

Documentación General.

EJERCIENTES DE EMPRESA

Contrato de trabajo con categoría profesional de Graduado Social, registrado por el INEM.

EJERCIENTES LIBRES

1.- Fotocopia del Alta el Impuesto de Actividades Económicas.
2.- Certificado de Penales.

NOTA: Todas las fotocopias deberán ser compulsadas o aportar los originales en la Secretaria del Colegio.

CUOTAS VIGENTES DE INCORPORACIÓN AL COLEGIO:

No ejercientes --> 0 Euros
Ejercientes empresa --> 0 Euros
Ejercientes libres -->
  .- Cuota Incorporación 300,51 Euros (50% en caso de llevar mas de 1 año colegiado en otra modalidad).
  .- Derrama de Local 150,25 Euros (fraccionable a lo largo de 1 año)
  .- Derrama de Toga Profesional 21,04 Euros

CUOTAS MENSUALES

No ejercientes ---------------- 4 Euros
Ejercientes empresa ----- 20 Euros
Ejercientes libres --------- 20 Euros
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