DIRECCION
Frai Plácido Rei Lemos, 3 1º - 27004 Lugo - LUGO Teléfono: 982 229 702 Fax: 982 251 867
HORARIO
Lunes a Jueves: 09.30 a 14.00 horas y de 16.30 a 19.30 horas.
Viernes: 09.30 a 14.00 horas
DESCRIPCION
Corporacion de derecho público, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Su funcionamiento y estructura interna serán democráticos.
De acuerdo con el artículo 3,2 de la Ley estatal 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, agruparán obligatoriamente a todos los Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas que ejerzan la profesión en cualquiera de sus modalidades, ya sea libremente, ya en Entidades privadas, y en toda actividad de la misma índole en que sea necesario estar en posesión del título, o siempre que dicha titulación fuera condición para desempeñarla.
Funciones:
a) Asesoramiento y cooperación, en materia de su competencia, con los Organismos del Estado, de las Comunidades Autónomas y provinciales, Administración de Justicia, Corporaciones Locales, entidades o personas particulares y con los colegiados, y ejercer cuantas funciones les sean encomendadas por las Administraciones públicas relacionadas con los fines que les son propios.
b) Participar en los Consejos u Organismos consultivos de las Administraciones públicas en la materia de su competencia y proponer la adopción de cuantas medidas se consideren convenientes para el desarrollo y perfeccionamiento de la profesión, sugiriendo las disposiciones legales necesarias para tales fines.
c) Estar representados, en su caso, en los Consejos Sociales de las Universidades, de conformidad con lo dispuesto en la vigente legislación universitaria.
d) Impulsar y contribuir al progreso de las técnicas propias de la profesión, al desarrollo de las labores científicas, culturales y sociales relacionadas con la agricultura y el establecimiento de cuantas normas tiendan a incrementar la eficacia de los colegiados en el desarrollo de sus fines.
e) Participar en la elaboración de los planes de estudio e informar las normas de organización de las Escuelas Universitarias de Ingeniería Técnica Agrícola, mantener permanente contacto con las mismas y preparar la información necesaria para facilitar el acceso a la vida profesional de los nuevos titulados.
f) Ostentar en su ámbito la representación y defensa de la profesión y de los colegios ante las Administraciones públicas, instituciones, tribunales, entidades y particulares, con la legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses profesionales en defensa de sus derechos y honorarios devengados por sus trabajos, así como ejercitar el derecho de petición conforme a la Ley.
g) Facilitar a los tribunales, conforme a las leyes, la relación de colegiados que pudieran ser requeridos para intervenir como Peritos en los asuntos judiciales, o designarlos por sí mismos, según proceda. Designar, según proceda, a petición de Organismos, Entidades, particulares o de los propios colegiados, a los titulares que hayan de intervenir en trabajos profesionales de cualquier índole.
h) Hermanar a los colegiados, inculcándoles sentimientos corporativos de todo orden tendentes al bien recíproco, velando por que observen intachable conducta respectoa autoridades, compañeros y en sus relaciones profesionales, impidiendo la competencia desleal entre los mismos. El ejercicio de la profesión se realizará en régimen de libre competencia y estará sujeto en cuanto a la oferta de servicios y fijación de su remuneración a la Ley sobre Defensa de la Competencia y a la Ley sobre Competencia Desleal. Velar por la ética y dignidad profesionales y ejercer las medidas disciplinarias relativas a los colegiados, sancionando sus faltas con las correcciones que señalan estos Estatutos.
i) Organizar actividades y servicios comunes de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencia y de previsión y otros análogos, proveyendo al sostenimiento económico mediante los medios necesarios.
j) Combatir todos los casos de intrusismo que afecten a los Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas y al ejercicio de la profesión, persiguiendo ante las autoridades y tribunales de Justicia a quienes no cumplan los requisitos legales de todo orden establecidos al efecto.
k) Intervenir, en vía de conciliación o arbitraje, en las cuestiones que, por motivos profesionales, se suscitan entre los colegiados.
l) Resolver por laudo, a instancia de las partes interesadas, las discrepancias que puedan surgir sobre el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de los trabajos realizados por los colegiados en el ejercicio de la profesión.
m) Confeccionar tablas de baremos de honorarios orientativos.
n) Informar en los procedimientos judiciales o administrativos en que se discutan honorarios profesionales.
ñ) Organizar el servicio de cobro de honorarios profesionales, que el colegiado podrá utilizar cuando lo solicite libre y expresamente y en las condiciones previstas en los Estatutos.
o) Visar toda clase de trabajos pr ofesionales que realicen los colegiados, de conformidad con lo dispuesto estatutariamente.
p) Organizar, en su caso, cursos para la formación profesional de los posgraduados.
q) Cumplir y hacer cumplir a los colegiados las Leyes generales y especiales y los Estatutos generales y particulares, así como las normas y decisiones adoptadas por los Órganos colegiales, en materia de su competencia.
r) Formular los presupuestos y elevarlos al Consejo General para su conocimiento, así como el balance y la Memoria de actividades del ejercicio anterior.
s) Recaudar todas las cuotas e ingresos que se determinan en estos Estatutos, acudiendo si fuera preciso a las vías legales ante Juez competente contra los colegiados que dejaran de satisfacer las cuotas ordinarias y extraordinarias o cualquiera otra responsabilidad pecuniaria.
t) Dar cuenta de su actuación al Consejo General o, en su defecto, a la Comisión Permanente, en cualquier asunto que uno u otro lo requieran.
u) Cuantas otras funciones redunden en beneficio de los intereses de los colegiados.
JUNTA DE GOBIERNO
Composición:
Su composición será de: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Vicesecretario, un Tesorero, un Vicetesorero y un número de Vocales que se determina por el Estatuto Particular de cada Colegio.
Serán Vocales natos los Delegados de su demarcación.
La Junta de Gobierno tendrá como misión la dirección y administración del Colegio, según las normas de estos Estatutos y de su Reglamento interno.
Son facultades de la Junta de Gobierno:
a) Acordar la adquisición, denegación y pérdida de la condición de colegiados y clases de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VII.
b) Defender los intereses y prestigio del Colegio y de los colegiados.
c) Velar por la buena conducta profesional.
d) Organizar entre los colegiados los turnos de trabajo profesionales que se soliciten al Colegio.
e) Ejercer las facultades disciplinarias que le correspondan.
f) Confeccionar periódicamente la lista de colegiados, la cual deberá ser sometida al Consejo General, al resto de los Colegios y a todos aquellos Organismos que tengan conexión con la profesión en su demarcación, así como también a las autoridades gubernativas que corresponda.
g) Promover la formación de comisiones para el estudio de asuntos que incumban al Colegio.
h) Impedir el ejercicio de la profesión a quienes no reúnan las condiciones de orden legal establecidas al efecto, pudiendo denunciar a los intrusos entre las autoridades y perseguir, en su caso, a los infractores ante los Tribunales mediante el ejercicio de cuantas acciones civiles, penales, administrativas y contencioso-administrativas fueran necesarias y convenientes.
i) Recaudar y administrar los fondos del Colegio.
j) Nombrar y separar el personal administrativo del Colegio.
k) Convocar a elección de los cargos de la Junta de Gobierno.
l) Acordar la celebración de Asambleas generales ordinarias y extraordinarias; estas últimas por su iniciativa o a petición de un 10 por 100 de colegiados, como mínimo.
m) Organizar el sistema para realizar el visado de trabajos profesionales, separando para ello la comisión correspondiente y delegar las funciones y práctica del visado en ella.
n) Adoptar cuantas medidas se crean pertinentes para el cumplimiento de los acuerdos de la Asamblea general y del Consejo General.
ñ) Forma de aprobación de las actas, estableciendo el procedimiento de autenticidad y agilidad para la inmediata ejecución de los acuerdos.
o) Todas las demás atribuciones que se le señalen en los Estatutos generales y en los Reglamentos internos del Colegio.
INTEGRANTES DE LA JUNTA:
PRESIDENTE: José Armando Rey Rodriguez VICEPRESIDENTE: Miguel Sanmartín Gómez SECRETARIO: Manuel Gervasio Fernández López VICESECRETARIO: Carlos Álvarez Miranda TESOUREIRO: Antonio Lamela López VICETESOUREIRO: Hilario Díaz Buide VOGAIS: Begoña Gaute Verdes Concepción Ferreiro Fernández Mª del Pilar Seijas Fernández David Prieto López Mario Hernández Rodriguez José Luís Piñeiro Barrio Rafael Coro López
COLEGIARSE
La colegiación es obligatoria para todos los titulados en Ingeniería Técnica Agrícola, en cualquiera de sus especialidades para el ejercicio de la profesión.
Para colegiarse se debe estar en posesión del título de Ingeniero/Técnico Agrícola, en cualquiera de sus especialidades, tramitando en la sede del Colegio la siguiente documentación:
* Fotocopia do D.N.I.
* 2 fotos tamaño carnet.
* Fotocopia del Título de Ingeniero/a Técnico/a Agrícola o certificado del mismo.
* Impresos de solicitud de alta.
* Autorización de cesión de datos a profesionales y/o empresas
Clases de Colegiados:
a) De honor.
Serán colegiados de honor aquellas personas naturales o jurídicas que, siendo o no Ingenieros Técnicos Agrícolas o Peritos Agrícolas, hayan rendido relevantes servicios a la profesión o figurado como colegiados durante una larga vida profesional, sean merecedores de tal distinción. El nombramiento será otorgado por la Junta de Gobierno por propia iniciativa o cons iderando la petición del interesado, ratificado por Asamblea general. Estos colegiados podrán estar eximidos del pago de cuotas, no po drán elegir ni ser elegidos para cargo alguno y tendrán derecho a voz pero no a voto en las Asambleas generales
b) Numerarios.
Serán colegiados numerarios el resto de los colegiados. El colegiado numerario podrá ser, a la vez, colegiado de honor, y conservará su prerrogativa como tal numerario.
Obligaciones de los colegiados
a) Cumplir las normas reguladoras de la profesión, los Estatutos generales y particulares, los Reglamentos de régimen interior, las normas deontológicas o cualesquiera otras normas y acuerdos adoptados por el Colegio, el Consejo General o el Consejo Autonómico, en su caso.
b) Pagar las cuotas y derechos aprobados por el Colegio.
c) Poner en conocimiento del Colegio a quienes ejerzan actos propios de la profesión sin poseer el título que para ello les faculte; a los que, aun teniéndolo, no estén colegiados y a los que siendo colegiados faltan a las obligaciones que como tales han contraído.
d) Someter al visado y registro del Colegio todos los trabajos profesionales, sea quien fuere el destinatario. Este trámite se realizará en el Colegio en cuya demarcación se vaya a desarrollar el trabajo profesional, de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos.
e) Someterse en las diferencias profesionales que se produzcan entre colegiados al arbitraje y conciliación del Colegio en primer término, sin perjuicio de interponer, en su caso, el recurso procedente.
f) En los trabajos profesionales que realice observar todas las normas y preceptos que establece la legislación vigente, las dictadas por el Colegio y por el Consejo General y aquellas otras encaminadas a mantener y elevar el prestigio, dignidad, decoro y ética profesional.
g) Cumplir con respecto a los Organos directivos del Colegio y del Consejo General y con los colegiados los deberes de disciplina, respeto y armonía profesionales.
Derechos de los colegiados
a) Actuar profesionalmente en todo el ámbito nacional, en los términos previstos en la vigente legislación sobre Colegios Profesionales y en estos Estatutos.
b) Participar en la gestión corporativa, ejerciendo el derecho de petición, el de voto y el de acceso a los puestos y cargos directivos, mediante los procedimientos que establecen estos Estatutos.
c) Participar en el uso y disfrute de los bienes del Colegio y de los servicios que éste tenga establecidos.
d) Llevar a cabo los trabajos que sean solicitados al Colegio por organismos oficiales, entidades o particulares, y que les corresponda, respetándose el turno previamente formado.
e) Ser representado o defendido por el Colegio, por el Consejo autonómico o, en caso necesario, por el Consejo General, cuando necesiten presentar reclamaciones justas, bien individual o colectivamente, ante la Administración, instituciones, tribunales, entidades o particulares, y en cuantas divergencias surjan en ocasión de ejercicio profesional.
f) Ser informado de la situación económica de su colegio, de oficio o a petición propia.
VISADOS
Todo trabajo realizado por el Ingeniero/Técnico Agrícola, como principio, tiene que visar, a excepción de que estén expresamente excluidos por una Ley propia o peculiar.
La presentación de Proyectos o Trabajos ante la Comisión de Visados del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Lugo, tiene que realizarse ante de las 19.00 horas de cada Lunes y Miércoles, existiendo un plazo mínimo de siete días para el visado y la entrega de los mismos.
La presentación del Proyecto de Trabajo para ser visado tiene que ir acompañado de la correspondiente Ficha de Presentación de Trabajos Profesionales.
SERVICIOS
Actividades:
- Dirección de explotacións agrarias. - Planificación e Ordenación de Explotacións. - Dirección de Empresas Agrarias. - Xestión de Cooperativas. - Proxectos de Explotacións. - Plantacións Frutales. - Cultivos forzados, invernadoiros, túneles. - Cultivos Hidropónicos. - Melloras de solos. - Tratamentos Fitosanitarios. - Producción e mellora de semillas e plantas de viveiro.
Construcciones:
- Proxectos de instalacións rurales. - Vivendas rurales. - Proxectos de electrificación rural. - Industrias de Moedoría. - Secadoiros de millo. - Instalacións ganadeiras. - Silos. Almacenes. - Cerramentos. - Instalación de xardiñería...
Regadíos:
- Transformacións en rega. - Alumbramiento e prospección de augas. - Represas, balsas, estanques, canales e acequias. - Saneamentos e drenaxes. - Conducción de augas. - Abancalamento e nivelación. - Estudos da posta en rega...
Ordenación de territorios y medio ambiente:
- Camiños e vías rurales. - Ordenación de solos. - Estudos de impacto ambiental. - Paisaxismo. - Defensas antierosión. - Xardiñería...
Industrias agrarias e alimentarias:
- Almazaras e extractoras de aceite de semillas. - Matadoiros, salas de despece, fábricas de embutidos, fiambres, conservas cárnicas, almacéns frigoríficos. - Conservas vexetales, plantas de refrixeración e conxelación de produtos hortofrutícolas e centros de manipulación de produtos agrarios. - Industrias lácteas e os seus derivados. - Fabricación de queixos. - Aderezo de aceitunas, encurtidos. - Fabricación de productos de molenda. - Panadería, bolería, pastelería, galletas, pastas e sémolas. - Industrias do azúcar e derivados. - Industrias derivadas do café, cacao e o chocolate, turróns, caramelos, gomas de mascar. - Elaboración de Productos alimenticios diversos. - Bodegas, elaboración, embotellado e crianza de viños, mostos, licores e vinagres. - Elaboración e envasado de sidras e cervexas. - Platos precociñados.
Valoración y topografía:
- Tasacións de seguros agrarios. - Valoración de fincas, construccións e industrias agrarias. - Partición de fincas. - Medición de fincas, levantamentos Topográficos. - Replanteos.
Actuaciones:
- Estudios e informes. - Proxectos. - Direccións de obra. - Estudos de viabilidade. - Asesoría técnica. - Ordenación do territorio e medio ambiente. - Medicións e levantamentos topográficos. - Valoracións e tasacións. - Asesoraiento e xestión de subvencións e créditos nacionales e comunitarios.
FORMACION
- CURSO SOBRE CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERXÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES POLO PROCEDEMENTO SIMPLIFICADO CE3X
- OFERTA FORMATIVA, (GRUPO ACADÉMICO LEXGAL) DESTINADA A TRABALLADORES EN RÉXIMEN XERAL.
- CURSO DE FORMACIÓN DE INSTALADORES E MANTENEDORES DE ÁREAS DE XOGOS INFANTÍS.
- MÁSTER EN EXEÑERÍA DA MADEIRA ESTRUCTURAL CURSO 2013-2014.
?- PROPOSTA DE SERVICIO PARA O COLEXIO OFICIAL DE ENXEÑEIROS TÉCNICOS AGRÍCOLAS DE LUGO
- OFERTA COLEXIADOS DOBLE A1 CONSTRUCCIÓNS E REFORMAS
- MÁSTER DE PRODUCIÓN DE LEITE (USC)
- MÁSTER OFICIAL UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RISCOS LABORAIS
- CURSO CERTIFICACIÓN ENERXÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES POLO PROCEDEMENTO SIMPLIFICADO CE3X
- CURSOS DE VERAN IBADER
- PHYTOMA Xornadas: Asesor na aplicación da Xestión Integrada de Pragas ; Xardíns Sans ; Nuevos cultivos y variedades de cultivos
- MÁSTER EN PRODUCCIÓN DE LEITE (USC)
- XV CURSO PRÁCTICO DE "TECNICAS APLIACADAS DE MICROSCOPIA DE PIENSOS"
- Axudas da Xunta de Galicia para plantacións de castiñeiro de froito.
- Xornadas de Prevención de Ricos Laborales
- Celebración GandAgro do 13 o 15 de marzo de 2014 no Recinto Internacional de Galicia
- Xornada técnica sobre o uso sostible de productos fitosanitarios no sector agrario
- Curso de Especialista en Xestión de Residuos xerados nas Explotacións Gandeiras e nas Industrias Agrarias de Transformación
- Curso sobre auditoría de portocolo GLobal Gap, impartido pola certificadora APPLUS os días 26 e 27 de Novembro en Ames
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