DIRECCION
Ramón y Cajal, 2 1º - 27001 Lugo - LUGO Teléfono: 982 280 279 Fax: 982 221 704 Correo electrónico: comlugo@comlugo.org
HORARIO
- Horario de los Servicios Administrativos:
De lunes a viernes de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas.
- Horario de los Servicios de Area de Formación:
De lunes a viernes de 9 a 14 horas y de 16 a 21 horas.
* Estos horarios se mantienen todo el año, excepto en los meses de verano (del 1 de julio al 30 de septiembre), período en el que ambos horarios son de 9 a 14,30 horas.
Horario de Abogado:
Jueves de 18:00 a 21:00
HISTORIA
La estructuración inicial de lo que iban a ser los Colegios Médicos de España se encuentra en el Reglamento aprobado por Carlos IV, en cédula de 3 de diciembre de 1875, por lo que se obligaba a incorporarse al mismo a todos los médicos que ejerciesen en Madrid y Reales Sitios, aunque en el año 1937 se vuelve a autorizar el ejercicio profesional de la medicina sin previa colegiación.
Tras diversos avatares, en 1894 se fundan en España varios Colegios de Médicos, entre ellos el de A Coruña. De todos modos, la creación de los Colegios Médicos, la definitiva institución de una organización colegial, se hizo en 1898, por Real Decreto de 12 de abril, tal como se recoge en el número 105 de la "Gaceta de Madrid", es decir el B.O.E.. En dicho Decreto se hacen constar los estatutos para el régimen de los Colegios Médicos, estableciéndose, en su artículo tercero, la obligatoriedad de la colegiación para el ejercicio de la medicina.
Las cuotas de inscripción en cada Colegio, durante el primer año de su creación, serán de 10, 7'50 y 5 pesetas, según la categoría de los diferentes Colegios Médicos.
En 1990 se aprobaron las solicitudes de creación de Colegios Médicos en Ferrol y Vigo; en 1901 se autorizó el de Santiago de Compostela y en ese mismo año fueron desestimadas las solicitudes hechas por Pontedeume y Ortigueira.
DESCRIPCION
El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de Lugo es una corporación de derecho público, amparada por la Constitución española y por las leyes estatal y autonómica de colegios profesionales, con estructura democrática constituida, carácter representativo y personalidad jurídica propia, independiente de las administraciones públicas, de las que no forma parte integrante, sin perjuicio de las relaciones de derecho público que con ellas legalmente le correspondan.
El Colegio se rige por la Ley de colegios profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia, por los estatutos generales de la Organización Médica Colegial, por los presentes estatutos particulares, así como por los acuerdos adoptados por sus órganos de gobierno, los adoptados por el Consejo Gallego de Médicos y por el Consejo General de Colegios Médicos de España.
Son fines del Colegio la ordenación y el control del ejercicio de la profesión dentro del marco legal, la representación exclusiva de esta y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados
Entre sus funciones específicas se cuentan:
- La ordenación y el control del ejercicio profesional, en el ámbito de su competencia, la representación exclusiv a de esta y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y colegiadas.
- La salvaguardia y la observancia de los principios deontológicos y ético-sociales de la profesión médica y de su dignidad y prestigio
- La promoción por todos los medios a su alcance de la constante mejora de los niveles científico, cultural, económico y social de los colegiados y colegiadas, para cuyo efecto podrá organizar y mantener toda clase de instituciones culturales y sistemas de previsión y protección social.
- La colaboración con los poderes públicos en la consecución del derecho a la protección de la salud de todos los ciudadanos y la más eficiente, justa y equitativa regulación de la asistencia sanitaria y del ejercicio de la medicina, así como cuantas corresponde y señala la Ley de colegios profesionales
COLEGIACION
Normas de colegiación
- Nuevos Colegiados
Impreso de solicitud de alta. Original del título o, si todavía no lo posee, certificación académica (En este caso cuando le sea facilitado el título deberá presentarlo en el Colegio para su registro oficial). Título de especialista, si lo posee o certificación académica. (En este caso cuando le sea facilitado el título deberá presentarlo en el Colegio para su registro oficial). DNI. 1 Fotos de carnet. Número de cuenta bancaria en España.
- Colegiados de otra provincia
Impreso de solicitud de alta. Original del título o, si todavía no lo posee, certificación académica (En este caso cuando le sea facilitado el título deberá presentarlo en el Colegio para su registro oficial). Título de especialista, si lo posee o certificación académica. (En este caso cuando le sea facilitado el título deberá presentarlo en el Colegio para su registro oficial). Certificado de baja del Colegio de procedencia. DNI. 1 Fotos de carnet. Número de cuenta bancaria en España.
- Colegiación Extranjeros
Impreso de solicitud de alta. Tarjeta de residente. Original del título o títulos traducidos al castellano por un traductor jurado. Credencial original de homologación del Ministerio de Educación y Ciencia de España. Certificado de buena conducta profesional del pais de origen. Si el país de origen tiene firmado el convenio de la haya, deberá ir apostillado, en caso contrario, el certificado de buena conducta deberá legalizarse por vía diplomática en el ministerio de asuntos exteriores; el certificado tiene validez de 3 meses. DNI. 1 Fotos de carnet. Número de cuenta bancaria en España.
RECURSOS
- RECURSOS HUMANOS:
Jefa de Oficina: Dª Carmen Rozas López Administración: D. José Luis Somoza Fernández (Oficial de 1ª) Dª Concepción Rodríguez García (Auxiliar Administ.) D. Carlos Alberto Gay Fernández (Ordenanza)
- RECURSOS MATERIALES:
Oficina Administrativa.
Sala de Juntas. Destinada principalmente a la utilización de la Junta Directiva del Colegio para la celebración de las reuniones de la Comisión Permanente y de los Plenos de la Junta Directiva, así como para las reuniones de algunas Comisiones integradas en el Colegio, como pueden ser la Comisión de Docencia, la Comisión Deontológica y la Comisión encargada de la programación de los Actos Sociales.
Salón de Actos. Con una capacidad para 69 personas y dotada de todos los medios audiovisuales (proyectores de diapositivas, vídeo, proyectores de transparencias, cañón de vídeo, pantallas, pizarras, etc.)
Aula Cultural (antigua biblioteca). Con una capacidad para 50 personas y dotada de los mismos medios audiovisuales que el Salón de Actos.
Sala de Docencia. Adaptada para mesas redondas y reuniones pequeñas facilitando la interactividad y participación.
Sala de Reuniones. Destinada a las reuniones y convocatorias de las sociedades científicas, dotada de línea telefónica, equipo informático con acceso a Internet y mobiliario de oficina.
SERVICIOS
- FONDO DE AYUDA SOCIAL
Fondo para ayudar económicamente a las familias de los colegiados con los primeros gastos surgidos en el momento del fallecimiento del mismo. Este fondo se nutre de las llamadas derramas de defunción, que con una cuantía de tres euros por compañero fallecido, se incluyen en el recibo colegial que se emite a continuación de la fecha de fallecimiento de los compañeros.
Este pago es completamente voluntario, y todos aquellos que no quieran participar en el pago de las mismas, solamente tienen que comunicarlo al Colegio por escrito, fecha a partir de la cual no se le vuelven a pasar dichas derramas en sus recibos colegiales.
- FUNDACION PATRONATO DE HUERFANOS DE MEDICOS PRINCIPE DE ASTURIAS
Esta fundación engloba a los antiguos Patronatos de Huérfanos y Protección Social. La forman más de 160.000 médicos que con su contribución trimestral mantienen activa esta obra social desde el año 1921.
Los trámites para la solicitud de las prestaciones se realiza a través del Colegio Provincial y pueden beneficiarse de ellas:
Médicos Inválidos sin recursos económicos Médicos Jubilados sin recursos económicos Viudos y viudas de médicos sin recursos económicos Huérfanos mayores de 60 años sin recursos económicos Huérfanos incapacitados Huérfanos menores de 21 años Huérfanos estudiantes mayores de 21 años.
La Fundación protege a todos los huérfanos: hasta los 21 años y a los incapacitados físicos o psíquicos, de por vida.
El principio de esta Fundación ES LA SOLIDARIDAD y su objetivo LA PROTECCIÓN Y AYUDA a todos LOS MÉDICOS Y SUS FAMILIAS.
En la Memoria Administrativa se hace mención de las ayudas tramitadas a través de este Colegio durante el pasado ejercicio.
- FORMACIÓN MÉDICA CONTINUADA
A través de su Comisión de Docencia, el COlegio organiza Cursos, Talleres, Foros de Debate, Jornadas, etc., destinados a los profesionales médicos, de lo que se informa puntualmente a todos los colegiados de la provincia a través del Boletín Informativo y de las secciones "Agenda" y "Noticias" de la página web del Colegio.
- CARNETS DE COLEGIADO
Todos los interesados en hacer o actualizar su carnet de colegiado, o bien renovarlo y adquirir el nuevo modelo (tipo tarjeta de crédito) deberán entregar una foto en las oficinas colegiales, al efecto de la realización del mismo.
- PÓLIZAS COLECTIVAS
Desde el Colegio Médico de Lugo se tramitan a los colegiados que lo soliciten los talones de las diversas Compañías de Asistencia Colectiva, siendo el plazo de entrega de los mismos en las oficinas colegiales, del primero al noveno día de cada mes, a fin de que no se produzcan retrasos en el pago de los mismos.
- ASESORÍA Y DEFENSA JURÍDICA
El Asesor Jurídico del Colegio, además del servicio de consulta que realiza los jueves por la tarde, cubre la defensa jurídica gratuita de los colegiados en todo tipo de procesos judiciales que deriven del ejercicio de la profesión médica salvo que, por existir colisión de intereses con otros colegiados u otra causa que lo justifique, la Junta Directiva del Colegio acuerde que la asesoría jurídica colegial se abstenga de intervenir en el asunto.
La aludida defensa jurídica gratuita incluye solo la gratuidad de los honorarios de Letrado, siendo por cuenta del colegiado, los gastos de procuradores, de peritos o cualquier otro que derive del proceso.
En los procesos judiciales en los que se exija cualquier tipo de responsabilidad derivada del ejercicio de la profesión, cuando el colegiado tenga suscrita una póliza de seguro que cubra la asistencia jurídica, si la defensa es encomendada al Asesor Jurídico del Colegio, la Compañía de Seguros no quedará exonerada de la obligación de abonarle al Letrado del Colegio los honorarios que le correspondan por esa defensa, debiendo el colegiado realizar los trámites necesarios para que la Compañía acepte que sea defendido por el Letrado del Colegio y se comprometa a abonarle los honorarios que procedan.
Las consultas se realizarán en el despacho de la asesoría jurídica del Colegio, los jueves de 18,00 a 21,00 horas. En caso de urgencia, el colegiado puede contactar directamente con el Asesor Jurídico Colegial, D. Miguel Vázquez González llamando al teléfono de su despacho, 982 28 40 71.
- SOCIEDADES CIENTIFICAS
El Colegio ofrece una dependencia en sus instalaciones y apoyo administrativo puntual para todas las Sociedades Científicas Médicas que lo soliciten.
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