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 Inicio >> Información general >> Colegios oficiales de Lugo >> COLEXIO PROFESIONAL DELINEANTES E TECNICOS SUPERIORES PROXECTISTAS DE LUGO - COLEGIO PROFESIONAL DELINEANTES Y TECNICOS SUPERIORES PROYECTISTAS DE LUGO

COLEXIO PROFESIONAL DELINEANTES E TECNICOS SUPERIORES PROXECTISTAS DE LUGO - COLEGIO PROFESIONAL DELINEANTES Y TECNICOS SUPERIORES PROYECTISTAS DE LUGO

DIRECCION

Alcalde Ramiro Rueda Fdez., 10 Entlo. - 27003
Lugo - LUGO
Teléfono: 982 245 206
Correo electrónico: correo@delineanteslugo.es

HORARIO

Lunes a Viernes: 18.30 a 20.30 horas

DESCRIPCION

Corporación de derecho público, amparada por la ley con reconocimiento por parte del estado. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Es una organización profesional de Adscripción Obligatoria (ya sea autónomo, empleado o funcionario según sentencia 89/1989 del Tribunal Constitucional, que considera esta colegiación obligatoria como requisito legal, en razón de los intereses públicos vinculados al ejercicio profesional).

Fines:

- Defender con nomras propias los intereses profesionales de los colegiados.

- Representar los intereses generales de la profesión, de forma especial, ante las administraciones públicas.

- Defender los colegiados dentro del marco de la ley y vigilar el ejercicio de la profesión velando para que la misma se ajuste a los intereses de los ciudadanos.

- Informar de todas las normas que prepare el gobierno de la Junta de Galicia sobre las condiciones generales del ejercicio profesional y sobre sus funciones.

- Promover la dignificación social y económica de los colegiados, ordenando el ámbito de su competencia y actividad profesional, dentro de su titulación académica.

- Participar en los órganos consultivos de la Administración.

- Visar los trabajos profesionales de los colegiados.

- Asesorar a los colegiados, a las administraciones y a los particulares en temas de la profesión.

- Perseguir el intrusismo profesional.

- Fomentar la incorporación del mundo laboral de los colegiados mediante una bolsa de trabajo activa.

- Asegurar la adecuada formación de los futuros titulados mediante contactos en la Administración Educativa y en los Centros de Enseñanza.

- Velar por la defensa de las competencias y facultades profesionales de los colegiados para que las actividades profesionales se ajuste a la defensa de los intereses de los ciudadanos.

- Fomentar actividades y servicios comunes de interés colegial de carácter profesional tales como visitas, jornadas, actividades técnicas y formación de colegiados.

FUNCIONES

- Todas las que le sean encomendadas por las administraciones, colaborando con estas mediante la realización de estudios, elaboraciones estadísticas, emisión de informes y otras actividades relacionadas con sus fines, dentro de sus competencias.

- Asesorar a particulares y entidades de cualquier clase en materia de competencia, y emitir los informes que le sean solicitados.

- Velar por los derechos, deberes y prestigio de los profesionales, especialmente sobre aquellas cuestiones que correspondan al campo de competencias y facultades de técnicos superiores proyectistas.

- Impedir y, de ser el caso, perseguir, ante los tribunales de justicia todos los casos de intrusión profesional que afecten a los técnicos superiores proyecticas en el ejercicio de su profesión.

- Organizar y efectuar misiones de carácter cultural, científico, técnico y de prácticas relacionadas con la profesión, así como cursos para formación, actualización y mejora para los colegiados.

- Recoger las aspiraciones de la profesión, elevando a los centros oficiales aquellas sugestiones que guarden relación con el perfeccionamiento y las normas que rigen los servicios que prestan o puedan presetar los técnicos superiores proyectistas, tanto en las corporaciones oficiales como en las entidades particulares, de acuerdo con las existencias, necesidades y potencialidades de la sociedad en cada momento.

- Realizar el reconomiento y visar los planos, informes, dictámenes, mediciones, peritaciones y demás trabajos que lleven a cabo los delinantes en el ejercicio de su profesión, en concreto sobre las funciones y competencias que les estén atribuidas.

- Mantener un servicio activo de información sobre convocatorias de plazas en la Administración Pública y puestos de trabajo para desarrollar polos delinantes y técnicos superiores proyecticas con el fin de posibilitar su ocupación.

- Fomentar y organizar entre los colegiados los beneficios de la previsión, creando y desarrollando la mutualidad colegial.

- Interesarse por el nivel de enseñanza de la profesión en los centros que impartan estos estudios.

- Mediar para la aceitada ordenación y retribución de los delinantes y técnicos superiores proyecticas que ejerzan su profesión por cuenta propia, manteniendo relación con organos laborales y sindicales.

- Informar a los organismos de la Administración en materia de competencia de la profesión..

- Participar en la elaboración de planes de estudio de la administración y dar la información necesaria para acceder a la vida profesional.

- Participar en la elaboración de planes de estudio de la administración y dar la información necesaria para poder acceder a la vida profesional.

- Representar y defender la profesión ante la Administración, Instituciones, Tribunales, Entidades Particulares, con legimitación para ser parte en litigios que afecten los intereses profesionales, y usar el derecho de petición de acuerdo con la ley.

- Facilitarle a los tribunales la relación de los colegiados que pudiesen ser requeridos para servir como peritos en asuntos judiciales.

- Intervenir como mediador en los procedimientos de arbitraje en los conflictos que, por motivos profesionales, se susciten entre los colegiados.

- Resolver por laudo las discrepancias que puedan surgir sobre el cumplimiento de las obligaciones generadas por los trabjos profesionales realizados por los colegiados.

- Emitir dictamenes en procedimientos administrativos o judiciales en los cuales se discutan cuestiones relativas a los honorarios profesionales.

- Dictar normas orientativas sobre honorarios profesionales para el ejercicio de la profesión.

- Encargarse del cobro de percepción, remuneración de honorarios profesionales por petición de los interesados.

- Facilitar la solución de problemas a los colegiados y participar en los padrones oficiales que para cada profesión creen los diferentes departamentos de la Junta de Galicia.

- Cumplir y hacer cumplir a los colegiados las leyes generales y especiales de los estatutos profesionales y reglamentos de régimen interior, así como las normas y decisiones adoptadas por los órganos colegiados en las materias de su competencia.

- Ordenar en el ámbito de su competencia las actividades profesionales de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los particulares a ejercer la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial.

- Cuantas otras funciones sean beneficiosas para los intereses de los colegiados.

JUNTA DE GOBIERNO.

Se encarga de la dirección y administración del colegio. Esta compuesta por un Decano, Vicedecano, Secretario, Tesorero y Cuatro Vocales.

La junta es elegida en forma democrática cada cuatro (4) años.

SERVICIOS

- Visado de proyectos

- Honorarios

- Bolsa de Trabajo

- Biblioteca

- Información

- Certificación y Homologación

- Expedición por parte del Colegio de Certificados Profesionales

- Homologación de antiguas titulaciones de la profesión a titulaciones actuales, así como Homologación de la titulación de delineantes a de “Técnico Superior”

- Precios especiales para las empresas con las cuales se firmaron convenios.

EFECTOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES

El antiguo título de técnico especialista en DELINEACIÓN tiene los mismos efectos académicos y profesionales que el título de Técnico Superior, en lo que corresponde a especialidad (Real Decreto 777/1998 de 30 de abril).

¿POR QUÉ COLEGIARSE?

Todas las profesiones que tienen un Colegio Profesional requieren para su ejercicio la colegiación, que es la obligación por imperativo legal en razón de los intereses públicos vinculados al ejercicio profesional.

Los que deseen ejercer las actividades detalladas como propias en los antiguos títulos de Maestro Industrial:

- Desenvolvemento e aplicación de proxectos de construcción  /Proxectos de Edificación

- Desenvolvemento de proxectos mecánicos/ Deseño en Fabricación Mecánica/ Construccións metálicas

- Deseño e producción editorial/ Ilustración/ Artes Plásticas e Deseño en Ilustración

- Desenvolvemento de proxectos urbanísticos e operacións topográficas / Proxectos de Obra Civil

- Desenvolvemento de proxectos de instalacións de fluidos, térmicos e manutención

Deben inscribirse obligatoriamente en el Colegio Profesional que les corresponde por demarcación territorial, de no hacerlo incurririan en infracción penal de intrusismo profesional.

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